Viernes 26 Abril 2024

fomento mayo 2020Radio Hellín /M. G. El Gobierno regional ha recordado a los albaceteños que continúa abierto el plazo para solicitar las ayudas al alquiler de vivienda habitual, dirigidas a hacer frente a las consecuencias negativas y al impacto que ha ocasionado el COVID-19.



Así lo ha trasladado hoy el delegado provincial de Fomento en Albacete, Julen Sánchez, que ha puesto en valor esta convocatoria que tiene un presupuesto de cuatro millones de euros a nivel regional.

Son ayudas finalistas de adjudicación directa y los beneficiados podrán destinarlas a hacer frente al pago del alquiler de vivienda habitual y permanente. En este caso, podrán llegar a cubrir el 100 por cien de la renta del alquiler de su vivienda, y de los gastos de suministros, con un máximo de 650 euros de ayuda y se podrá conceder por un plazo de hasta seis meses, se podrán solicitar hasta septiembre de 2020 y se concederán en un pago único y anticipado.
Préstamos ICO

Asimismo también se podrán destinar a hacer frente a la devolución de los préstamos ICO puestos en marcha por el Ministerio, hasta un máximo de 3.900 euros.

Las personas beneficiaras tendrán que acreditar que están en situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida por el COVID-19 y esta requerirá la concurrencia conjunta de varios requisitos como son: que la persona o personas titulares del contrato que estén obligadas a pagar la renta de alquiler hayan pasado a estar en situación de desempleo, Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE) o haya reducido su jornada por motivo de cuidados, en caso de ser empresario, o cesado su actividad como autónomo, u otras circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos de al menos un 40 por ciento, no alcanzando por ello el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar en el mes anterior a la solicitud de tres veces el IPREM con carácter general.

Este límite se irá incrementado en los supuestos de tener hijos, ser familia monoparental, tener en la unidad familiar personas mayores de 65 años o que alguno de los miembros de la unidad familiar tenga declarada discapacidad, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite acreditadamente de forma permanente para realizar una actividad laboral.

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