Jueves 9 Mayo 2024

La Dirección provincial de la Consejería de Fomento ha aprobado 1.080 ayudas al arrendamiento de vivienda en la provincia de Albacete, de las que 779 pertenecen a Albacete capital, y 38, en Hellín.


La Junta de Comunidades explicó que el total de inversión destinada para estas subvenciones al alquiler de vivienda, ascienden en la presente Legislatura a más de 743.400 euros, de los que 212.800 pertenecen a pagos correspondientes a la prórroga de la convocatoria de ayudas del pasado año 2014, y 530.500 euros son de los pagos del primer semestre de 2016, realizados en cinco mensualidades, y pertenecientes al ejercicio 2015.
Con lo que respecta a las previsiones de pagos al final del ejercicio 2016, la propia Dirección Provincial de Fomento estima que las ayudas doblarán la cantidad validada en la actualidad, con un montante presupuestado próximo al 1,5 millones de euros.
Facilitar el acceso a la vivienda y Orden de Bases Reguladoras
La Junta de Comunidades recuerda que el objeto de estas ayudas es facilitar el acceso y la permanencia en viviendas en régimen de arrendamiento a personas con escasos recursos económicos. La cuantía de estas ayudas puede ascender hasta un 40 % de las rentas de alquiler que estas familias abonan al propietario de la vivienda, con un máximo de 200 euros mensuales.
Para poder acceder a estas ayudas, la renta de alquiler no podía exceder los 500 euros mensuales, incluidos los gastos de comunidad, y 600 euros en los casos de las familias numerosas.
El abono de estas subvenciones se efectúa de manera trimestral y hasta final del ejercicio 2016, fecha de cierre del actual Plan de Vivienda por parte del Ministerio de Fomento, tras los acuerdos alcanzados con las comunidades autónomas.
Los beneficiarios de estas ayudas de alquiler son personas físicas mayores de edad, titulares de contrato de arrendamiento (o en condiciones de suscribirlo) y cuya vivienda arrendada constituya su residencia habitual o permanente (o vaya a serlo).
La Orden de 23/04/2015, de la Consejería de Fomento, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas al arrendamiento de viviendas establece que quienes podían acceder a estas ayudas no podían rebasar un límite de ingresos máximos calculados en relación al Índice Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y ponderados en función de los miembros de la unidad familiar.
Perfiles
Para los colectivos más vulnerables no se han exigido ingresos mínimos como es el caso de mujeres víctimas de violencia de género, víctimas del terrorismo, Personas afectadas por situaciones catastróficas, personas dependientes o con discapacidad oficialmente reconocida, y las familias con dependientes a su cargo, con movilidad reducida, pertenecientes a familias inmersas en procesos de intervención social, sin hogar, procedentes de operaciones de erradicación del chabolismo, deudores hipotecarios desahuciados en procedimientos de ejecución, e inmersos en procesos de Intervención Social, y otros colectivos en riesgo de exclusión social

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